Fiscalidad y obligaciones

Verifactu 2026: que es y como afecta a autonomos y pymes

Verifactu 2026: que es, a quien afecta y que fechas debes tener en cuenta para adaptar tu facturacion sin llegar tarde a 2027.

Por Equipo TeDeclaro · · 11 min de lectura

Si eres autonomo o gestionas una pyme, Verifactu 2026 no es un tema que convenga dejar para el ultimo momento. Aunque durante 2026 todavia no entra en vigor de forma obligatoria para la mayoria de negocios, este es el ano en el que toca revisar tu programa de facturacion, entender si tu actividad esta dentro del alcance y evitar una de las confusiones mas comunes: pensar que Verifactu solo afecta a grandes empresas o a software muy avanzado.

La clave es otra. La normativa afecta a quienes expiden facturas con un sistema informatico y no estan fuera por alguna excepcion concreta. Eso incluye a muchisimos autonomos, sociedades limitadas, microempresas y negocios que hoy facturan con un programa basico, una caja registradora o una solucion conectada a su TPV.

En esta guia te explicamos que es Verifactu, a quien afecta de verdad, que fechas debes tener marcadas y que te conviene hacer durante 2026 para llegar a 2027 sin prisas, sin cambiar de software a ciegas y sin arrastrar un riesgo innecesario.

Tabla de contenidos

Que es Verifactu y por que importa

Verifactu es la forma en la que se conoce habitualmente al reglamento de los sistemas informaticos de facturacion aprobado por el Real Decreto 1007/2023. Su objetivo es que los programas que se usan para emitir facturas no permitan borrar, alterar o rehacer registros sin dejar rastro, y que la informacion sea integra, trazable, accesible e inalterable.

No estamos hablando solo de «mandar datos a Hacienda». La norma va antes: obliga a que el propio sistema de facturacion cumpla unos requisitos tecnicos concretos. A partir de ahi, ese sistema puede funcionar en modalidad VERI*FACTU, remitiendo automaticamente los registros de facturacion a la AEAT, o en modalidad NO VERI*FACTU, sin remision automatica pero con obligaciones tecnicas igualmente exigentes.

💡 Idea clave
En 2026 lo mas importante no es correr a emitir facturas por Verifactu, sino confirmar que el software con el que facturas va a llegar correctamente adaptado a la fecha obligatoria que te corresponda.

La Agencia Tributaria mantiene una pagina oficial de referencia sobre Sistemas Informaticos de Facturacion y VERI*FACTU donde va actualizando normativa, FAQ, aplicacion gratuita y documentacion tecnica. Conviene tomar esa pagina como fuente principal cuando leas noticias o comparativas comerciales, porque en este tema circula bastante informacion desactualizada.

A quien afecta y quien queda fuera

Aqui es donde suele haber mas ruido. La regla practica que esta usando la AEAT es la conocida como la regla de los 4 NO. En general, la normativa afecta a empresarios y profesionales que expiden facturas y cumplen estas condiciones:

  • No estan acogidos al SII, ni de forma obligatoria ni voluntaria.
  • No tienen domicilio fiscal sujeto a normativa foral de Pais Vasco o Navarra.
  • No tienen una resolucion expresa de no aplicacion en vigor.
  • No quedan fuera por la propia naturaleza de la operacion, es decir, usan un sistema informatico para expedir facturas.

Por tanto, si eres autonomo o sociedad en territorio comun y emites facturas con un programa, lo normal es que te afecte. Da igual que factures a empresas, a particulares o incluso al extranjero. La AEAT aclara expresamente que tambien entran en el ambito las operaciones internacionales cuando exista obligacion de emitir factura.

Quedan fuera, con caracter general, quienes ya llevan los libros registro de IVA a traves del SII. Tambien quienes tributan conforme a la normativa foral vasca o navarra, donde operan reglas propias. Y ojo con un matiz util: la AEAT aclara que Canarias, Ceuta y Melilla si estan dentro, adaptando las referencias al IVA a IGIC o IPSI cuando corresponda.

Si acabas de empezar actividad y todavia estas resolviendo tu alta, te conviene revisar antes nuestra guia sobre alta de autonomo en 2026. Y si vas a facturar ya desde una sociedad, tambien te interesa tener bien armada la estructura desde el principio en como crear una SL paso a paso 2026.

Fechas clave actualizadas

Este punto es importante porque muchisimo contenido sigue repitiendo fechas antiguas. Con la actualizacion normativa y la FAQ oficial mas reciente, la obligacion efectiva para los contribuyentes no se queda en 2026, sino que pasa a 2027.

Tipo de obligado Fecha limite de adaptacion Que significa en la practica
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades 1 de enero de 2027 Las sociedades deben llegar a esa fecha con su sistema ya adaptado.
Resto de obligados del articulo 3.1, incluidos muchos autonomos en IRPF 1 de julio de 2027 Autonomos y otros profesionales tienen seis meses mas.

Eso no convierte 2026 en un ano irrelevante. Al reves: 2026 es el ano de preparacion. Es cuando debes comprobar si tu proveedor certificara el software, si tu caja o TPV podra adaptarse, si vas a trabajar con modalidad VERI*FACTU o no VERI*FACTU y si te compensa cambiar de sistema antes de que llegue la fecha obligatoria.

💡 Idea clave
Si tienes SL, tu reloj corre antes: 1 de enero de 2027. Si eres autonomo en IRPF, en general la referencia pasa al 1 de julio de 2027. Publicar una guia de Verifactu 2026 sin aclarar esto hoy seria dejarla coja.

Que cambia en tu factura y en tu software

La norma no se limita a pedir «una factura bien hecha». Cambia el sistema que la genera. Entre otras cosas, el software debe garantizar que los registros de facturacion se crean y conservan con integridad, trazabilidad y sin alteraciones opacas. Ademas, cuando la norma sea exigible para ti, las facturas expedidas por estos sistemas deberan incorporar un codigo QR y, en su caso, la leyenda de factura verificable.

La Orden HAC/1177/2024 desarrolla buena parte de los detalles tecnicos: huella o hash, firma electronica cuando proceda, cadena de registros, QR, contenido de la URL y funcionamiento de los sistemas VERI*FACTU.

Elementos que un negocio deberia revisar ya

  • Programa de facturacion o ERP con el que emites facturas.
  • TPV, caja registradora o software de tickets si genera facturas simplificadas.
  • Integraciones con marketplace, e-commerce o herramientas externas.
  • Flujo de facturacion si emites desde varias sedes o varios usuarios.
  • Necesidad de guardar historico y exportar registros.

Esto afecta especialmente a negocios con operativa digital. Si vendes en marketplace o tienes varias fuentes de cobro, la parte delicada no suele ser solo el IVA, sino como unificas la emision de factura y el registro correcto de cada operacion. Por eso conviene revisar tambien guias cercanas como asesoria fiscal Amazon FBA: IVA OSS y marketplace, donde el problema real ya no es solo fiscal, sino tambien operativo.

Verifactu o no Verifactu: que diferencia hay

Otro error muy comun es pensar que la unica opcion sera remitir cada factura en tiempo real a Hacienda. No es exactamente asi.

Modalidad VERI*FACTU

El sistema remite a la AEAT los registros de facturacion en el momento de expedicion o de forma inmediata. A cambio, tiene una mecanica mas cerrada y una presuncion de cumplimiento por diseno en ciertos requisitos. En las facturas aparecera la referencia de factura verificable y la comprobacion via QR cobra aun mas sentido.

Modalidad NO VERI*FACTU

El sistema no hace esa remision automatica, pero sigue obligado a cumplir los requisitos tecnicos del reglamento. Es decir, no enviar cada factura automaticamente no significa poder seguir con cualquier programa de siempre.

Para algunos pequenos negocios puede ser util la aplicacion gratuita de facturacion de la AEAT, pensada para quien emite pocas facturas. Ahora bien, tiene limites claros: exige identificacion en la sede, las facturas deben llevar destinatario y lo que generes ahi queda gestionado dentro de esa propia aplicacion.

Que deberias hacer en 2026

Si quieres llegar bien a la obligacion, 2026 deberia servirte para ordenar estas decisiones:

1. Confirmar si de verdad entras en el ambito

Muchos negocios asumen que estan dentro o fuera sin revisar su caso. Si estas en SII, si tributas por normativa foral o si ciertas operaciones no se documentan con factura, la conclusion puede cambiar. Conviene dejarlo verificado por escrito.

2. Pedir a tu proveedor una confirmacion concreta

No basta con que te digan «estaremos preparados». Pide una respuesta clara sobre certificacion, calendario de despliegue, modalidad prevista y compatibilidad con tus flujos actuales. Si usas un software casero o viejo, este paso es todavia mas importante.

3. Revisar si tu proceso de facturacion esta disperso

El error mas comun es tener cobros por un lado, tickets por otro y facturas manuales aparte. Eso complica la trazabilidad. Si hoy emites facturas desde varias herramientas, 2026 es buen momento para simplificar.

4. Preparar el cambio si eres sociedad

Las sociedades tienen una fecha antes que muchos autonomos. Si operas con una SL, no esperes al ultimo trimestre de 2026. Lo prudente es llegar a final de ano con pruebas hechas y proveedor confirmado.

5. No mezclar Verifactu con otros problemas fiscales

Verifactu regula el sistema de facturacion, no arregla por si solo errores de encuadre. Si aun estas facturando sin una estructura correcta, revisa antes situaciones de riesgo como facturar sin ser autonomo, porque el software no corrige una base mal planteada.

💡 Idea clave
Lo que mas ayuda en 2026 es llegar con un mapa claro: quien factura, con que herramienta, desde donde, a nombre de quien y bajo que regimen. Sin eso, cualquier migracion se vuelve caotica.

Sanciones y errores frecuentes

La propia AEAT recuerda que la Ley General Tributaria contempla sanciones relevantes en relacion con software que no cumpla los requisitos exigidos. En su FAQ oficial menciona, entre otras, estas referencias del articulo 201 bis:

  • 150.000 euros por ejercicio y por tipo de sistema en ciertos supuestos de fabricacion, produccion o comercializacion de software incumplidor.
  • 1.000 euros por sistema comercializado sin la certificacion exigible, cuando exista esa obligacion.
  • 50.000 euros por ejercicio por tenencia de sistemas no certificados cuando deban estarlo o cuando se hayan alterado dispositivos certificados.

Estas cuantias no significan que cualquier negocio vaya a sufrir automaticamente una sancion de ese nivel, pero si dejan claro que no es una materia menor. En la practica, los errores que mas vemos venir son estos:

  • Seguir confiando en un software antiguo sin confirmacion real de adaptacion.
  • Creer que como no estas en VERI*FACTU no necesitas QR ni trazabilidad cuando toque cumplir.
  • Esperar a final de 2026 para revisar el sistema, sobre todo si facturas desde una sociedad.
  • Confundir TicketBAI, SII y Verifactu como si fueran lo mismo.
  • Comprar un programa por marketing sin validar si encaja con tu operativa real.

Preguntas frecuentes

Si facturo a clientes fuera de Espana, tambien me afecta?

Si existe obligacion de emitir factura y estas dentro del ambito subjetivo de la norma, si. La AEAT aclara que las operaciones internacionales tambien entran.

Si estoy en SII, tengo que aplicar Verifactu?

Con caracter general, no. Los empresarios adscritos al SII quedan excluidos del cumplimiento del reglamento de requisitos SIF.

Si uso una caja registradora o un TPV sencillo, me afecta?

Puede afectarte perfectamente si ese sistema se usa para expedir facturas simplificadas o registrar ventas con emision del justificante que deba cumplir esa funcion. No hay que pensar solo en ERPs grandes.

Verifactu obliga a usar el programa gratuito de la AEAT?

No. La AEAT ofrece una aplicacion gratuita como alternativa para casos sencillos, pero no es la unica via. Puedes usar un software privado siempre que cumpla la normativa.

Resumen practico final

Verifactu 2026 importa porque es el ano en el que autonomos y pymes deberian dejar resuelta la adaptacion de su sistema de facturacion, aunque la obligacion efectiva para muchos casos llegue en 2027. Si eres sociedad, tu fecha de referencia general pasa al 1 de enero de 2027. Si eres autonomo en IRPF y entras en el ambito, la referencia habitual sera el 1 de julio de 2027.

Lo prudente ahora no es entrar en panico ni comprar software a ciegas. Lo prudente es revisar si te afecta, confirmar con que sistema vas a facturar y dejar la migracion planificada con tiempo. Si tu caso mezcla SL, varias lineas de facturacion, marketplace, TPV o facturacion internacional, conviene revisarlo con criterio antes de tocar la operativa.

Equipo TeDeclaro.

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