Inicio - Creadores y negocio digital Asesoría ecommerce 2026: IVA, OSS, ROI y 6 errores caros Publicado el 27 de mayo de 2026 · Actualizado el 9 de octubre de 2026 IVA de una tienda online caso por caso, OSS desde 10.000 €, por qué ya eres operador intracomunitario aunque solo vendas en España y el recargo de equivalencia. Por Equipo TeDeclaro · 27 de mayo de 2026 · 15 min de lectura Respuesta rápida: una tienda online en España declara el IVA en el modelo 303 (salvo que estés en recargo de equivalencia) y, si eres autónomo, el IRPF en el 130. Si vendes a particulares de otros países de la UE por más de 10.000 € al año, aplicas el IVA de cada país y lo declaras en la ventanilla única OSS, modelo 369. Una asesoría ecommerce mira además algo que casi nadie revisa: una tienda pequeña que solo vende en España suele hacer operaciones intracomunitarias desde el primer mes, porque su publicidad y varias de sus herramientas se facturan desde otro país de la UE. Eso obliga al alta en el ROI y al modelo 349. Actualizado en octubre de 2026. Tabla de contenidosAlta, epígrafe y forma jurídicaEl IVA de una tienda online, caso por casoEjemplo: la misma tienda por debajo y por encima de 10.000 €El lado que casi nadie te cuenta: ya eres operador intracomunitarioEl recargo de equivalencia, la trampa del autónomo que revendeImportaciones y dropshippingObligaciones legales de la tienda¿Qué errores fiscales son frecuentes en ecommerce?¿Cuándo conviene buscar asesoría fiscal para una tienda online?Preguntas frecuentes En la práctica, las tiendas que nos llegan con problemas no los tienen por vender mucho, sino por no haber ordenado tres cosas antes de la primera venta: el régimen de IVA en el que quedan (general o recargo de equivalencia), el alta en el ROI y el seguimiento del umbral europeo de 10.000 €. El motivo es la variedad. Una tienda pequeña mezcla ventas a particulares españoles, ventas a particulares de otros países, alguna venta a empresas, compras a proveedores europeos o chinos, comisiones de pasarela y publicidad. Cada una de esas cosas tiene un tratamiento distinto en IVA, y algunas obligan a trámites previos que no se pueden hacer a posteriori. Esta guía explica qué mira una asesoría ecommerce antes de tocar un modelo, con las obligaciones en el orden en que aparecen y la normativa comprobada a octubre de 2026. Si prefieres delegarlas, tienes el servicio de asesoría fiscal para tiendas online. 💡 Idea claveLa pregunta que decide el trimestre de una tienda online no es cuánto has vendido, sino a quién y desde dónde. Particular o empresa, España o fuera, dentro o fuera de la UE. Con esas tres variables se resuelven la mayoría de las dudas de IVA del comercio electrónico. Alta, epígrafe y forma jurídica El alta se hace con el modelo 036 y con el alta en el RETA. El epígrafe habitual para venta online de productos es el 665, comercio al por menor por correo o por catálogo de productos diversos; si además fabricas o vendes a otras empresas, puede cambiar. Ojo: es un epígrafe de comercio minorista y, si eres persona física, te puede llevar al recargo de equivalencia. Un apunte que sigue apareciendo mal en muchas guías: el modelo 037 desapareció en febrero de 2025, todo se hace con el 036. Sobre autónomo o sociedad, la decisión no se toma solo por fiscalidad: en comercio electrónico pesa mucho un detalle de IVA que explicamos más abajo. Tienes la comparación con números en sociedad limitada vs autónomo y el trámite en alta de autónomo. El IVA de una tienda online, caso por caso VentaIVA que aplicasDónde se declaraA particular en EspañaIVA español según el producto (21 %, 10 % o 4 %)Modelo 303A particulares de la UE, hasta 10.000 € anuales en totalIVA españolModelo 303A particulares de la UE, por encima de 10.000 €IVA del país del clienteVentanilla única OSS, modelo 369A empresa con NIF-IVA de otro país de la UEExentaModelo 303 y modelo 349A cliente fuera de la UEExportación exentaModelo 303, con el DUA de salida El umbral de 10.000 € es único para toda la Unión Europea, no por país: se suman tus ventas a distancia a consumidores de otros Estados miembros y, si los prestas, los servicios de telecomunicaciones, radiodifusión y electrónicos. Cuenta el año en curso o el anterior: si lo superaste el año pasado, este año tributas en destino desde la primera venta. Lo fija el artículo 73 de la Ley del IVA tras la reforma del comercio electrónico, y la Agencia Tributaria lo detalla en su información sobre IVA en el comercio electrónico. Se supera antes de lo que parece en cuanto la tienda empieza a vender a Francia, Italia y Portugal. Ejemplo: la misma tienda por debajo y por encima de 10.000 € Una tienda de cosmética de Valencia, en régimen general de IVA, empieza este año a vender a particulares de Francia. Todos los importes son bases imponibles, sin IVA. El tipo general es del 21 % en España y del 20 % en Francia. EscenarioVentas a particulares de la UEIVA que aplicasDónde se declaraA. Vende 8.000 € en el año8.000 €21 % español: 1.680 €Modelo 303B. Vende 14.000 € en el añoHasta alcanzar los 10.000 €21 % español: 2.100 €Modelo 303B. (continúa)Los 4.000 € vendidos tras superar el umbral20 % francés: 800 €Modelo 369 (OSS), trimestral En el escenario B, el año siguiente cambia todo desde el 1 de enero: como el umbral se superó el año anterior, todas las ventas a particulares de otros países de la UE tributan en destino, aunque ese año no se vuelva a llegar a 10.000 €. Ojo con el precio. Si mantienes un precio final único de 121 € con IVA incluido para toda Europa, en España te quedas con 100 € de base, en Francia con 100,83 € (IVA del 20 %) y en Hungría con 95,28 € (IVA del 27 %). Pasar el umbral no cambia solo dónde declaras: cambia tu margen país por país. El lado que casi nadie te cuenta: ya eres operador intracomunitario Aquí está el punto que más regularizaciones genera, y no tiene nada que ver con tus ventas. Piensa en lo que contrata cualquier tienda online el primer mes: publicidad en buscadores o redes, un alojamiento, alguna herramienta de correo o de analítica. Muchos de esos proveedores facturan desde otro país de la Unión Europea, con su número de IVA y sin repercutir impuesto, aplicando la inversión del sujeto pasivo. Eso significa que estás realizando adquisiciones intracomunitarias de servicios, y arrastra dos obligaciones desde la primera factura: Estar dado de alta en el ROI y aparecer en el censo VIES. Se solicita con el modelo 036; Hacienda tiene tres meses para resolver y, si no contesta, la solicitud puede considerarse denegada, así que no se deja para el último día. Presentar el modelo 349 con clave I por esas adquisiciones, además de autorrepercutirte el IVA en el modelo 303 si estás en régimen general, o con el modelo 309 si estás en recargo de equivalencia. Una excepción que conviene conocer: las comisiones de cobro de las pasarelas de pago suelen ser servicios financieros exentos, y la Agencia Tributaria aclara que quien solo recibe servicios exentos no tiene que obtener NIF-IVA ni declararlos en el 349. La publicidad, el alojamiento y el software, en cambio, sí entran. Es decir: una tienda que solo vende en Madrid, con 900 € de facturación al mes y publicidad facturada desde Irlanda, ya tiene obligación de presentar el 349. Es un descuido muy frecuente, y no pasa desapercibido: el proveedor europeo declara esa venta en su país con tu NIF-IVA y la información se cruza entre administraciones. Si además refacturas parte de esa publicidad a clientes, la mecánica tiene su propia vuelta de tuerca: lo explicamos en cómo refacturar publicidad a clientes. El recargo de equivalencia, la trampa del autónomo que revende Si eres autónomo persona física y vendes productos sin transformarlos, eres comerciante minorista cuando más del 80 % de tus ventas del año anterior fueron a particulares; si acabas de empezar, basta con estar dado de alta en un epígrafe minorista del IAE, como el 665. En ese caso se te aplica obligatoriamente el régimen especial de recargo de equivalencia, según la Agencia Tributaria. No es opcional. En una tienda online eso duele especialmente: No deduces el IVA soportado. Ni el de tus proveedores, ni el de la publicidad, ni el de la plataforma o el hosting. Pagas un recargo a tus proveedores, además del IVA: 5,2 % sobre productos al 21 %, 1,4 % al 10 % y 0,5 % al 4 %. Con el OSS el coste se acumula: si superas los 10.000 €, ingresas el IVA del país del cliente y, aun así, no recuperas el IVA español ni el recargo que pagaste al comprar. La publicidad europea va al modelo 309: como no presentas el 303 por tus ventas, el IVA de los servicios que te facturan desde otro país de la UE se declara e ingresa con el 309, sin poder deducirlo. Esa es la razón real por la que muchas tiendas con cierto volumen acaban constituyendo una SL: la sociedad no está sujeta al recargo y deduce todo el IVA. No es una regla universal, pero es un cálculo que conviene hacer antes del alta, no después de un año. 💡 Idea claveEl recargo de equivalencia no aparece en ningún panel de tu tienda y no lo eliges tú: se aplica por el tipo de actividad. Es la decisión de IVA más cara que puede tomarse sin que te enteres. Si vas a revender producto, revísalo antes de darte de alta. Importaciones y dropshipping Si compras producto fuera de la Unión Europea, entran tres piezas: el EORI, que en España tiene la forma ES más tu NIF y sin el cual la mercancía no se despacha; el DUA y el IVA de importación, que pagas en aduana y luego deduces con el DUA como justificante; y la posibilidad del IVA diferido, que permite declararlo directamente en el 303 en lugar de adelantarlo en aduana, si tu periodo de liquidación es mensual (por ejemplo, por estar en el régimen de devolución mensual) y lo has solicitado con la declaración censal en noviembre del año anterior. El dropshipping merece un aviso aparte, porque su fiscalidad no es la que se cuenta en los cursos. Al vender producto que se envía desde fuera de la UE directamente al cliente final, hay que definir quién figura como importador y cómo se liquida el IVA de importación. La exención de IVA para los envíos de hasta 22 € desapareció el 1 de julio de 2021, así que hoy toda importación lleva IVA. Para envíos de hasta 150 € a consumidores de la UE existe la ventanilla única de importación (IOSS): cobras el IVA en el momento de la venta y lo declaras con el modelo 369 mensual, de modo que el cliente no paga nada al recibir el paquete. Montar un dropshipping sin resolver esto antes es la forma más rápida de acumular un problema con la aduana y con tus clientes, que se encuentran con cargos inesperados en la entrega. Obligaciones legales de la tienda Además de lo fiscal, una tienda online tiene obligaciones propias que se sancionan por su cuenta: Información al consumidor: identidad del vendedor, precios con impuestos, gastos de envío, plazos y condiciones antes de la compra. Derecho de desistimiento de 14 días naturales, con sus excepciones, informado de forma clara y con formulario. Protección de datos: base legal del tratamiento, información, encargados y cookies. Lo tratamos en el servicio de protección de datos. Comercio electrónico: aviso legal, condiciones de contratación y requisitos de la LSSI, en LSSI y comercio electrónico. ¿Qué cambia con Verifactu en una tienda online? Verifactu es el sistema que obliga a que el programa con el que emites facturas genere un registro de cada una, encadenado con el anterior mediante una huella, y a que la factura lleve un código QR. Tras el Real Decreto-ley 15/2025, la Agencia Tributaria fija el 1 de enero de 2027 para quienes tributan en el Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto, autónomos incluidos. En una tienda online cambian sobre todo tres cosas. La factura que genera tu tienda deja de poder editarse sin rastro: una devolución o un error se corrigen con una factura rectificativa, no tocando el pedido. Si facturas desde la tienda y también desde otro programa, los dos tienen que estar adaptados. Y como cada factura queda registrada, un error de base (por ejemplo, facturar el neto que te liquida la pasarela en lugar del precio que paga el cliente) ya no se arregla en silencio. Tienes el calendario completo en la guía de Verifactu para autónomos y el detalle técnico en la guía completa de Verifactu. ¿Qué errores fiscales son frecuentes en ecommerce? Son los que más vemos al revisar tiendas online que llegan a TeDeclaro, casi siempre en su primer o segundo año: No estar en el ROI teniendo proveedores europeos. Consecuencia: adquisiciones sin declarar en el 349 desde la primera factura de publicidad o de software europeo. Superar los 10.000 € sin darse de alta en OSS. Consecuencia: IVA español cobrado donde tocaba IVA francés o alemán, con regularización. Darse de alta como autónomo sin revisar el recargo de equivalencia. Consecuencia: un año entero sin deducir IVA de nada. Estar en recargo y no presentar el 309 por la publicidad europea. Consecuencia: IVA sin ingresar por cada trimestre de campañas, con recargos o sanción al regularizar. Contabilizar el neto que liquida la pasarela de pago. Consecuencia: facturación infradeclarada; la venta es el bruto y la comisión es un gasto con su propio tratamiento. Vender en dropshipping sin definir quién importa. Consecuencia: cargos sorpresa al cliente y un IVA de importación sin dueño. Olvidar las devoluciones. Consecuencia: bases imponibles sin rectificar y descuadres entre la tienda y el 303. ¿Cuándo conviene buscar asesoría fiscal para una tienda online? La fiscalidad de una tienda online depende de qué vendes, a quién, desde dónde sale el producto y qué proveedores te facturan. Ese mapa determina obligaciones como el ROI, el OSS y los modelos 303, 349 o 369; por eso conviene revisarlo antes del alta y actualizarlo cuando cambian tus mercados, proveedores o canales de venta. Si quieres delegar esa revisión y las obligaciones periódicas, consulta nuestra asesoría fiscal para tiendas online, donde se explica el alcance del servicio y cómo contratarlo. Hay dos situaciones que aparecen casi siempre alrededor de una tienda online y que tienen sus propias reglas: vender en marketplace, donde el IVA de Amazon FBA funciona aparte, y la venta de cursos online e infoproductos, que no tributa como la venta de producto físico. Si trabajas con una agencia o acabas montando la tuya, la fiscalidad de las agencias de marketing tiene su propia guía. Preguntas frecuentes ¿Tengo que estar en el ROI si solo vendo en España? Muy probablemente sí. No depende de a quién vendas, sino de a quién compras: si contratas publicidad, alojamiento o herramientas facturadas desde otro país de la UE con inversión del sujeto pasivo, estás realizando adquisiciones intracomunitarias de servicios y necesitas NIF-IVA y modelo 349. Las comisiones de cobro de la pasarela, si son exentas, no cuentan. Es la obligación que más tiendas pequeñas incumplen sin saberlo. ¿Cuándo tengo que darme de alta en el OSS? Cuando tus ventas a consumidores de otros países de la UE superen los 10.000 € anuales en conjunto, en el año en curso o en el anterior. A partir de ahí aplicas el IVA del país del cliente y lo declaras en España con el modelo 369 trimestral. También puedes optar voluntariamente antes de llegar al umbral, algo que a veces compensa por simplicidad. ¿Me afecta el recargo de equivalencia si vendo online? Si eres autónomo persona física y revendes productos sin transformar mayoritariamente a particulares, sí, y se aplica de oficio. Significa no deducir el IVA de tus compras ni de tus gastos, y pagar un recargo adicional a tus proveedores. Es uno de los motivos principales por los que muchas tiendas acaban operando como sociedad. En marketplaces, el recargo de equivalencia en Amazon añade un problema específico: además del recargo en las compras, el autónomo no deduce el IVA de las comisiones de la plataforma. ¿Cómo se declara lo que me liquida la pasarela de pago? La venta es el importe bruto que paga el cliente, no el neto que te transfiere la pasarela. La comisión es un gasto con su propio tratamiento: suele ser un servicio financiero exento y, en ese caso, no va al modelo 349 aunque la pasarela facture desde otro país de la UE. Contabilizar solo lo que entra en el banco es el error contable más repetido del sector. ¿Verifactu afecta a mi tienda online? Sí, desde el 1 de enero de 2027 si operas como sociedad y desde el 1 de julio de 2027 si eres autónomo. Tu sistema de facturación tendrá que generar registros encadenados con huella y código QR. Si tu tienda emite las facturas, es el sistema de la tienda el que tiene que estar adaptado, así que conviene preguntárselo ya a tu proveedor. Equipo TeDeclaro · Actualizado en octubre de 2026. ¿Necesitas ayuda con esto? Hablemos sobre tu caso concreto Cada negocio es distinto. Cuéntanos qué necesitas y te recomendamos el plan que mejor encaja contigo. Sin compromiso. Hablar con un asesor Ver planes Sigue leyendo Creadores y negocio digital Verifactu Amazon: guía real para vendedores en 2026 Si Amazon factura por ti, ¿quién cumple Verifactu? Fechas de 2027, los tres escenarios del vendedor, facturas simplificadas… 28 de mayo de 2026 Creadores y negocio digital Fiscalidad cursos online 2026: guía completa infoproductor Fiscalidad cursos online en 2026: IVA al 21% o exención, Hotmart vs Stripe, ventanilla única OSS, epígrafes y… 26 de julio de 2026 Creadores y negocio digital IVA y fiscalidad de Amazon FBA en España: guía 2026 y 7 claves Guía fiscal 2026 para vendedores Amazon FBA establecidos en España: alta y epígrafe, IVA y OSS, importaciones con… 18 de mayo de 2026
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